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El gobierno municipal busca reglamentar los alojamientos turísticos “informales”

El bloque de Concejales del oficialismo presentó en el Concejo Deliberante un proyecto de Ordenanza que tiene como objetivo reglamentar la explotación de alojamientos turísticos (hoteleros y extra hoteleros) en el Partido de Monte.

En la última década, la oferta de “hospedajes informales” en Monte creció considerablemente en respuesta a la demanda de un importante movimiento turístico de fin de semana.

Pese a que en los últimos años la estadía promedio de los turistas en Monte se ha extendido a una semana, históricamente el distrito se ha caracterizado por recibir visitantes los fines de semana o feriados.

En este contexto, la oferta de hospedajes informales, tales como departamentos y casas particulares, ha crecido exponencialmente en Monte, al igual que ocurre en otras ciudades turísticas de la Provincia de Buenos Aires.

 

 

En ese sentido, el gobierno del Intendente José Castro remitió al Concejo Deliberante un proyecto de Ordenanza que busca “establecer y regir las características y requisitos para la habilitación de Alojamientos Turísticos Hoteleros y Extrahoteleros en el partido de Monte”.

Para ello, se promueve la creación del Registro Municipal de Alojamientos Turísticos, en el que deberán inscribirse todos los prestadores de servicios que desarrollen su actividad en Monte.

Fuentes del Palacio Municipal descartaron que la iniciativa tenga fines recaudatorios ya que “la inscripción será gratuita” y destacaron que: “el objetivo es formalizar la oferta de alojamientos turísticos en Monte. El objetivo es no fomentar la competencia desleal”, agregaron.

 

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Asimismo, manifestaron que los dueños de los alojamientos turísticos extrahoteleros “deberán pagar, luego de un período de gracia de dos años, la respectiva tasa de seguridad e higiene y cumplir con los requisitos de la resolución provincial, que son mínimos”.

También, destacaron que desde la Dirección de Turismo se administrará en registro de hospedajes y se dará promoción y difusión a los establecimientos que se encuentren registrados, a partir de la aprobación e implementación de la ordenanza.

 

 

¿Cuáles son los alojamientos turísticos extrahoteleros?

Son casas o departamentos amoblados que no prestan servicios complementarios al turista y se clasifican en:

Casas o Departamentos: Son aquellos inmuebles con instalaciones propias de casa-habitación, donde existan habitaciones con camas, que sean ofrecidas en locación por día, por quincena o meses para alojar a turistas o viajeros ocasionales.

Casa de Familia: Es aquella vivienda familiar que dispone de comodidades para hospedar turistas o viajeros en forma ocasional, sin que los habitantes abandonen el inmueble.

 

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