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El Tribunal de Cuentas sancionó a las autoridades del Consejo Escolar de Monte

El organismo de control aprobó la rendición de cuentas del ejercicio 2024, pero aplicó multas individuales de 300 mil pesos a los consejeros y al secretario técnico por contratar a proveedores no inscriptos en el registro provincial para la provisión del Servicio Alimentario Escolar (SAE).

Redacción de Monte al Día 

 

El Honorable Tribunal de Cuentas (HTC) de la Provincia de Buenos Aires aprobó la rendición de cuentas del Consejo Escolar de Monte correspondiente al ejercicio 2024, aunque impuso un paquete de sanciones económicas a la cúpula directiva del organismo por fallas administrativas en las contrataciones destinadas a la alimentación de los alumnos.

El Tribunal de Cuentas aprobó la rendición 2024 de la Municipalidad de Monte

Mediante el Fallo N° 412/2026 (Expediente N° 2-077.10-2024), el cuerpo del tribunal —encabezado por su presidente, Dr. Federico Thea, y los vocales Juan Pablo Peredo, Gustavo Diez, Ariel Pietronave y Daniel Chillo— determinó la aplicación de una multa de $300.000 para cada uno de los cinco responsables de la conducción administrativa durante ese período.

Los funcionarios sancionados son:

  • Horacio Alberto Rey (Presidente)
  • Daniel Alberto Perna (Vicepresidente)
  • Marcela Adriana García (Secretaria)
  • María Belén Filippa (Tesorera)
  • Héctor Damián Siri (Secretario Técnico)

 

Dr. Federico Thea, Presidente del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.

 

Proveedores sin registro oficial

La irregularidad fue detectada durante la Auditoría de Cumplimiento del Servicio Alimentario Escolar (SAE) sobre el período septiembre-octubre de 2024. La división relatora del HTC —a cargo de la contadora Paula Marcela Inda— constató que el Consejo Escolar adjudicó y suscribió contratos con proveedores que revisten la condición de prestadores habituales del organismo, pero que no se encontraban inscriptos en el Registro de Proveedores y Licitadores de la Provincia de Buenos Aires, violando el Decreto Provincial N° 59/2019.

Entre las firmas y comerciantes señalados en el expediente figuran Emmanuel Antonio Jalifi, Alejandro Juan Córdoba, Alfredo Gonzalo Etchevest y la Sociedad de Hecho integrada por Omar Walter Cabral y Norberto Ariel Cabral.

 

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En sus descargos, las autoridades argumentaron que los comerciantes poseían capacidad operativa inmediata para la distribución de los alimentos y que se trataba de procesos de contratación directa por montos menores. Por su parte, el Secretario Técnico sostuvo que no intervenía como autoridad decisoria y que en diversas ocasiones se había instado a los prestadores a regularizar su situación.

Sólo 10 intendentes bonaerenses aprobaron sin sanciones la rendición de cuentas 2023: José Castro de Monte, entre ellos

Sin embargo, el Tribunal desestimó los argumentos defensivos al remarcar que en las actas no constaba ninguna evaluación formal que advirtiera la falta de inscripción, ni tampoco se presentaron comprobantes que acreditaran las supuestas solicitudes de regularización exigidas a los comerciantes.

 

Imagen ilustrativa creada con IA.

 

Balance contable del periodo

Más allá del tirón de orejas y la sanción económica, el organismo fiscalizador dio por aprobada la ejecución presupuestaria del año 2024 al considerar que las cuentas reflejan de manera razonable la situación patrimonial y financiera del Ente.

De acuerdo con las cifras oficiales volcadas en el expediente:

  • Saldo arrastrado de 2023: $5.640.042,81
  • Ingresos totales en 2024: $1.157.806.814,42
  • SAE (Servicio Alimentario Escolar): $550.970.170,60
  • MESA (Módulo Extraordinario para la Seguridad Alimentaria): $318.493.164,47
  • CUFP (Cuenta Única de Fondos Presupuestarios): $220.485.002,23
  • Fondo Provincial Compensador y Fondos Propios: $67.858.477,12
  • Egresos totales: $1.106.926.979,30
  • Saldo transferido al ejercicio 2025: $56.519.877,93

Plazos y vías de apelación

Los cinco sancionados cuentan con un plazo de 90 días para depositar los $300.000 de multa en la cuenta fiscal del Tribunal de Cuentas en el Banco de la Provincia de Buenos Aires. Asimismo, la normativa les otorga un margen de 15 días hábiles para interponer un recurso de revisión o iniciar una demanda contencioso-administrativa en la Justicia ordinaria.

 

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