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Monte: impulsan una ordenanza para garantizar guardias médicas presenciales y permanentes en las localidades rurales

La iniciativa del bloque Fuerza Patria busca fijar por ley municipal la presencia física e ininterrumpida de médicos las 24 horas en poblados que superen los 500 habitantes, con el foco puesto en la situación actual de Abbott y la descentralización del sistema sanitario.

Redacción de Monte al Día 

El debate por la equidad en el acceso a la salud pública en las localidades alejadas de los centros urbanos cabecera vuelve al centro de la agenda legislativa en el Partido de Monte. A través de un proyecto de ordenanza elevado al Concejo Deliberante, el bloque de concejales Fuerza Patria propuso establecer la obligatoriedad de contar con guardias médicas presenciales y activas durante las 24 horas, los 365 días del año, en todas aquellas localidades rurales o periféricas del distrito cuya población supere los 500 habitantes.

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La propuesta legislativa encuentra su fundamentación en el artículo 36 (inciso 8) de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, el cual garantiza el acceso integral, preventivo y asistencial a la salud de todos sus habitantes, así como en las facultades que la Ley Orgánica de las Municipalidades (L.O.M.) otorga a los concejos deliberantes para reglamentar los servicios sanitarios locales.

Imagen ilustrativa (creada con IA)

Uno de los principales ejes que impulsa la medida radica en la brecha detectada entre los servicios sanitarios de la ciudad cabecera (San Miguel del Monte) y las Unidades Sanitarias de las localidades del interior del municipio. El proyecto toma explícitamente como referencia la situación de la localidad de Abbott.

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De acuerdo con los fundamentos del texto, la Unidad Sanitaria de dicha comunidad ofrece actualmente atención médica programada en días y horarios acotados, manteniendo durante las franjas nocturnas de los días hábiles un esquema defensivo basado en guardias pasivas de ambulancia.

Al respecto, la iniciativa enfatiza que los mecanismos de guardia pasiva, la localización telefónica de profesionales o los traslados de urgencia no equivalen funcionalmente a la presencia física y continua de un profesional dentro del establecimiento. Ante situaciones críticas o descompensaciones que requieren asistencia o estabilización inmediata, la inmediatez de la evaluación médica resulta determinante.

Imagen ilustrativa (creada con IA)

El proyecto de ordenanza, al cual tuvo acceso este medio, estructura una serie de exigencias específicas y operativas para la reglamentación del servicio:

  • Criterio poblacional objetivo: La exigencia aplicará a las localidades del Partido de Monte que superen los 500 habitantes, tomando como referencia técnica los datos oficiales del último Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas publicado por el INDEC a nivel de localidad censal.
  • Perfil profesional y tipo de guardia: Define formalmente la guardia presencial como la permanencia física ininterrumpida de al menos un médico generalista, clínico o de familia en el establecimiento. Queda expresamente prohibido sustituir el servicio por esquemas pasivos o localizables.
  • Equipamiento e insumos mínimos: Los establecimientos deberán contar con condiciones edilicias e insumos para la atención primaria y la urgencia inicial. Entre ellos se exige camilla de atención, instrumental de signos vitales (tensiómetro, estetoscopio, oxímetro), insumos de primeros auxilios, oxigenoterapia, elementos de reanimación cardiopulmonar (RCP) básica y medicamentos esenciales.
  • Financiamiento presupuestario: El proyecto prevé que el sostenimiento de este esquema sea financiado mediante las partidas de la Subsecretaría de Salud municipal, contemplando específicamente el uso de los recursos transferidos por la Provincia a través de la Ley N.º 10.559 (Régimen de Coparticipación Municipal – componente “Coparticipación Régimen Salud”).
  • Plazo de ejecución: En caso de ser aprobada y promulgada, la ordenanza fija un plazo máximo de 90 días corridos para que el Departamento Ejecutivo organice los recursos humanos, logísticos y presupuestarios requeridos para la puesta en marcha efectiva de las guardias.

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El proyecto impulsado por los concejales Guillermo Buñes, Laura Gallardo Giagnacovo y María Marta Ruidiaz abre una discusión de fondo sobre la distribución territorial de los recursos de salud pública en el municipio, poniendo en foco la necesidad de conciliar los parámetros poblacionales con la garantía efectiva del derecho a la salud en todo el territorio.

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