Redacción de Monte al Día
La medida fue solicitada por la CGT a través de una presentación firmada por su triunvirato: Jorge Alberto Sola, Octavio Argüello y Cristian Jerónimo. El juzgado argumentó que la aplicación de esos artículos podría afectar derechos constitucionales de los trabajadores y generar un perjuicio inminente.
La cautelar se fundamenta en la “verosimilitud del derecho” y en el riesgo de ruptura de derechos laborales ya adquiridos. Según el fallo, la CGT tiene legitimación para impugnar las disposiciones vinculadas a la sindicalización, la negociación colectiva y el derecho a huelga, así como aspectos individuales comunes de los trabajadores.
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La suspensión es provisoria y se mantendrá hasta que se dicte la sentencia definitiva sobre la constitucionalidad de la ley.
Cristian Jerónimo, cosecretario general de la CGT, celebró el fallo y lo calificó como “contundente” en defensa de los derechos de los trabajadores. “Esta ley es inconstitucional y regresiva”, afirmó, y recordó que desde el inicio de este gobierno la central obrera realizó un paro nacional, tres movilizaciones y cuatro paros generales.
















