Redacción Monte al Día
El juez del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, Raúl Ojeda, repuso el artículo de la reforma laboral que establece el cálculo de intereses para las indemnizaciones por despido. La norma fija un 3% mensual adicional al índice de inflación para actualizar las sentencias en juicios laborales.
Días atrás, el mismo magistrado había suspendido provisoriamente 82 artículos de la Ley de Modernización Laboral (27.802), sancionada en febrero pasado. Esa decisión fue celebrada por la Confederación General del Trabajo (CGT), que había presentado una acción colectiva cuestionando la constitucionalidad de varios puntos de la norma.
La Justicia laboral suspendió provisoriamente más de 80 artículos de la reforma laboral

Con esta rectificación, el artículo sobre intereses queda nuevamente en vigencia, lo que favorece la actualización de los créditos laborales en los procesos judiciales en curso. Según el juez, este mecanismo era uno de los pocos que no vulneraba derechos, a diferencia del resto de las disposiciones suspendidas.
El fallo es provisorio y rige hasta que se resuelva el fondo del caso. El Gobierno nacional ya apeló la cautelar y anunció que continuará defendiendo la reforma laboral en las instancias superiores.
















