Por Leo Lettieri (Monte al Día)
Desde hace tiempo, jóvenes y adolescentes exigen a los distintos gobiernos locales políticas públicas que acompañen el desarrollo de eventos nocturnos en Monte. Paralelamente, la falta de legislación específica y clara a nivel local genera que muchos productores/as de eventos desistan de realizar fiestas o espectáculos nocturnos en el distrito.
En ese sentido, desde el gobierno que conduce el intendente José Castro señalaron que “en el ámbito provincial existen normas diversas destinadas a regular actividades nocturnas, las cuales resultan susceptibles de ser complementadas a través de la legislación local, estableciendo al efecto pautas que reconozcan la idiosincrasia y costumbres de nuestros ciudadanos, en especial para los jóvenes y adolescentes, así como las particulares características de nuestro medio”.
Se exigirá al organizador que informe de la realización del evento a los vecinos de 300 metros a la redonda.

Imagen de archivo (ilustrativa).
A través del proyecto, firmado por los concejales de Juntos (UCR), Gabriela Patiño, Ibrahim Kange, Sandra Elero, Alejandro Planell, Marisa La Rosa Garayalde y Juan Cruz Lamothe Coulomme, el gobierno busca aprobar el procedimiento para autorizar la realización de espectáculos, fiestas y/o actividades recreativas de nocturnidad de concurrencia masiva y, también, crear el Registro de Productores y/u Organizadores de Eventos en Monte.
En la iniciativa, compuesta de 46 artículos, se incluyen las actividades comerciales referidas a confiterías bailables, discotecas, salones de fiesta y/o eventos sociales, bares, resto-bares, locales de esparcimiento nocturno, clubes sociales o centros culturales con actividades recreativas, artísticas y/o baile, demás locales donde se realicen actividades de esparcimiento, baile o diversión nocturna, incluyendo eventos musicales, espectáculos eventuales, tanto en lugares cerrados como al aire libre.
Para ello, se crean tres categorías: A – 200 a 500 personas; B – 501 a 1500 personas; C – desde 1501 personas. Para los eventos de la última categoría (C) se exigirá al organizador que informe previamente de la realización del evento a los vecinos de 300 metros a la redonda.
Evitar causar molestias a los vecinos que circulen por la zona.
Además de establecerse que el productor y/u organizador “serán responsables de todas las instancias previas, contemporáneas y posteriores al desarrollo de las actividades autorizadas”, se detalla que para obtener la habilitación deberán presentar ante la Municipalidad de Monte: Certificación que acredite la inexistencia de causas penales; Declaración jurada patrimonial; Certificación de libre deuda del municipio; Croquis a escala con la descripción de la ubicación de la totalidad de las estructuras existentes (escenarios, palcos, gradas, marquesinas, torres de iluminación, carteles, sanitarios, elementos de sonido, pantallas de TV u otras si las hubiere, puestos de venta de alimentos, food truck y/o similares).
En caso de que el predio no cuente con estacionamiento, deberán coordinar con la Subsecretaría de Convivencia Ciudadana la organización del mismo para evitar causar molestias a los vecinos que circulen por la zona.
El proyecto también repara en los eventos para adolescentes denominados “matinée”, autorizando a confiterías bailables y discotecas realizar este tipo de fiestas para menores de entre 14 y 17 años.
No se habilitarán eventos cercanos a centros de salud, residencia de ancianos, salones velatorios, establecimientos educativos y de culto.
En otro de los articulados, se deja en claro que “hasta tanto la pre-factibilidad no sea otorgada, no podrá efectuarse la venta o entrega anticipada de localidades, ni la publicidad del evento, aunque fuere gratuito”.
Continuando con el trámite, previo a la autorización definitiva, el responsable del evento deberá presentar una vasta documentación: Copia del seguro de responsabilidad civil; Copia del contrato realizado con la empresa de asistencia médica; Copia del contrato suscripto con el servicio de vigilancia; Copia del informe técnico firmado por profesional matriculado responsable de que las instalaciones complementarias; Notificación a las Fuerzas de Seguridad y salubridad Nacional, Provincial y Municipal, a fin de garantizar las condiciones de seguridad y salubridad; Plan de evacuación; Acreditar la contratación de un servicio de limpieza; Acreditar la provisión de puntos de hidratación gratuita; Declaración jurada y pago de la Tasa por Publicidad y Propaganda a realizarse durante en el evento, entre otros documentos.
Otro de los puntos interesantes es el artículo n° 15, que advierte que no se habilitarán nuevos locales y/o eventos que se desarrollen en un radio de 200 metros a la redonda contados desde la puerta del local de los siguientes establecimientos: De salud con internación y/o emergencia; Residencia de ancianos; Salones velatorios; Establecimientos educativos; Establecimiento de culto.
El proyecto ingresó esta semana al Concejo Deliberante y se encuentra en estudio de los concejales.


















