Redacción de Monte al Día
El Concejo Deliberante de Monte aprobó, en su sesión del 22 de mayo de 2025, la Ordenanza N° 4715/2025, promulgada por el intendente municipal, José Castro, el 24 de junio del mismo año. Esta norma establece disposiciones para el retiro de propaganda política durante la campaña electoral de las elecciones legislativas 2025, con el objetivo de preservar la limpieza y el orden en los espacios públicos del Partido de Monte.
La ordenanza obliga a todos los espacios políticos participantes en los comicios a retirar la totalidad de su propaganda electoral (carteles, pasacalles, pancartas, afiches, calcomanías, etc.) de los espacios públicos en un plazo máximo de diez días corridos tras la realización de cada acto electoral.

Además, prohíbe expresamente la colocación de materiales de propaganda que utilicen adhesivos o sustancias que deterioren bienes públicos, como postes, columnas de alumbrado, paredes, mobiliario urbano, señales de tránsito, árboles, monumentos o edificios públicos.
La responsabilidad del cumplimiento recae directamente en la persona que encabece la lista de cada espacio político en las categorías electorales correspondientes. En caso de incumplimiento, se impondrá una multa equivalente a 200 módulos de la categoría mínima del agrupamiento administrativo del escalafón municipal, la cual será aplicada por el Juzgado de Faltas a solicitud del Ejecutivo Municipal.
Los fondos recaudados por multas y reintegros de gastos serán destinados a programas municipales de limpieza urbana, mantenimiento de espacios públicos y concientización ambiental, reforzando el compromiso de Monte con el cuidado de su patrimonio comunal.
















