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Los jubilados con residencia en el exterior deberán presentar su Fe de vida cada 6 meses

El Instituto de Previsión Social de la provincia de Buenos Aires (IPS) informó hoy que las personas jubiladas y pensionadas del organismo con residencia en el exterior, deberán presentar su fe de vida cada seis meses para poder percibir sus haberes con normalidad.

Según precisó hoy el organismo, los beneficiarios en el extranjero deberán presentarse personalmente en el Consulado argentino, o ante la autoridad del Estado donde residen (comuna o ayuntamiento), a los efectos de obtener su certificado de supervivencia.

En el caso de la no presentación del certificado, se habilita al organismo a suspender el pago de haberes, y su posterior baja en caso de no regularizar la situación en los próximos tres meses.

El IPS señaló que para mayor información sobre cómo acreditar la supervivencia se puede consultar ingresando a www.ips.gba.gob.ar.

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