Actualmente, Monte cuenta con la Ordenanza 4.249/19 la cual trata sobre la campaña de concientización en el uso de pirotecnia con el lema “Más luces, menos ruido” y la Ordenanza 4.565/22 en donde se declara al distrito territorio libre de pirotecnia de alto impacto sonoro.
Sin embrago, la prohibición no podía darse hasta tanto lo sancionara la Legislatura bonaerense, lo cual ocurrió en diciembre del 2022 y fue reglamentada por el gobierno de Axel Kicillof a partir de enero del 2023.
Con la Ley 15.406 en vigencia, el gobierno del Intendente José Castro presentó un proyecto en el Concejo Deliberante adhiriendo a tal prohibición. El mismo deberá ser abordado en comisiones y luego deberá ser votado en el recinto por los concejales que conforman el cuerpo legislativo.
Según resalta el proyecto de ordenanza, “la mencionada Ley constituye un reclamo histórico de familiares de personas con Trastornos del Espectro Autista (TEA), como así también de las Asociaciones Proteccionistas de Animales”.
¿Qué dice la Ley 15.406?
- “Prohíbase en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, la venta al público minorista, la venta ambulante en la vía pública y el uso particular de artificios pirotécnicos y de cohetería de uso recreativo de alto impacto sonoro, cualquiera fuera su característica y naturaleza, como así también el uso de los denominados globos aerostáticos de Pirotecnia.
- “Quienes no cumplan con la misma, serán sancionados con multas estipuladas en haberes mensuales de Agentes de Seguridad de la Policía de la Provincia de Buenos Aires y si quien hace uso del artefacto pirotécnico es menor de edad, la sanción será impuesta en el adulto responsable”.





















