Según la disposición n° 4 – firmada por el Subsecretario de Política y Seguridad Vial del ministerio de Transporte bonaerense, Carlos Battista, “a partir de la elaboración de diversos informes accidentológicos; la incorporación de tecnología para la constatación de infracciones de tránsito resulta de vital importancia para colaborar con la reducción de la siniestralidad en esa jurisdicción (San Miguel del Monte) y propender al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de ese partido (Monte)”.
“Se utilizará la sanción como un método para ordenar el tránsito” (Matías Balsamello, Secretario de Gestión Institucional).

Asimismo, aclara que efectivamente existe -actualmente- una obra realizada, señalizada y finalizada en los kms. 127,7 y 119,5 de la Ruta Provincial N° 41, “cuya autorización fue tramitada oportunamente por gestiones anteriores, aseverando que la misma fue ejecutada con anterioridad al año 2017”.

Al respecto, el Secretario de Gestión Institucional del municipio, Matías Balsamello, explicó que “no se trata de una política recaudatoria, sino que se utilizará la sanción como un método para ordenar el tránsito, por eso la idea es que empiecen a funcionar también adentro del casco urbano“.

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En ese sentido, la cartera de Transporte bonaerense autorizó a la Municipalidad de Monte al uso de los equipos de constatación de infracciones de tránsito – cinemómetros fijos –, en los puntos de emplazamiento: kms. 127,7 y 119,5 de la Ruta Provincial N° 41.

No obstante ello, se encomendó al municipio que conduce el Intendente José Castro, “antes de comenzar con la constatación efectiva de infracciones de tránsito y con posterioridad en forma periódica; la realización de campañas informativas de difusión masiva, de educación y concientización ciudadana en materia de Seguridad Vial, relacionada con tecnología a utilizarse, sus características, señalización, ubicaciones aprobadas y demás detalles atinentes, en resguardo de los principios procesales establecidos en la normativa de tránsito vigente”.

Finalmente, en la disposición publicada en el Boletín Oficial del distrito, se aclara que “para el control de velocidad y otras infracciones establecidas en dicha norma; en zonas urbanas o rurales, se implementará el uso de instrumentos cinemómetros y otros equipos o sistemas automáticos o semiautomáticos o manuales, fotográficos o no, fijos o móviles, cuya información no pueda ser alterada manualmente”.

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